Qué significa que un menor pueda ser imputado
La posibilidad de llevar a proceso a un adolescente no significa que automáticamente vaya a recibir una condena de prisión. En términos técnicos, el proceso puede derivar en una declaración de responsabilidad penal cuando se comprueba la existencia de un delito y la participación del adolescente como autor.
A partir de esa declaración, se determina qué medida corresponde aplicar de acuerdo con las características del caso y la pena prevista para el delito cometido.
El régimen contempla diferentes alternativas a la privación de la libertad, especialmente para los casos de menor gravedad. Entre ellas aparecen la amonestación, la prohibición de acercamiento, la conciliación, las tareas comunitarias, la reparación del daño y los procesos de mediación.
La gravedad del delito determinará las medidas
El nuevo régimen establece diferentes franjas según la pena prevista para el delito. Se contemplan delitos con penas de hasta tres años, aquellos cuya pena se ubica entre los tres y los diez años y una tercera categoría para los delitos con penas superiores a los diez años.
De acuerdo con la franja correspondiente y las características particulares del hecho, la Justicia podrá disponer distintas medidas.
La prisión no queda completamente descartada. En determinados casos, y de manera excepcional, un adolescente puede quedar alojado bajo prisión preventiva o recibir una condena efectiva de privación de la libertad.
Sin embargo, cuando corresponda una medida de este tipo, el alojamiento debe realizarse en institutos especializados para menores, separados del sistema penitenciario destinado a adultos.
En Chubut ya existen centros especializados
En Chubut, la implementación del nuevo régimen no requiere desarrollar una infraestructura completamente nueva, debido a que la provincia ya cuenta con espacios destinados al alojamiento y tratamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal.
Se trata de los Centros de Orientación Socioeducativa (COSE). Actualmente, la provincia cuenta con uno ubicado sobre la Ruta Nacional 3, antes de llegar a Trelew, y otro en la ciudad de Esquel.
Estos establecimientos cuentan con personal especializado para trabajar con adolescentes. Entre ellos se encuentran los denominados celadores, que no pertenecen a las fuerzas policiales ni al sistema penitenciario, sino que cumplen funciones específicas vinculadas al acompañamiento de los jóvenes alojados.
La existencia de esta estructura fue uno de los factores que permitió que Chubut no tuviera que realizar grandes modificaciones de infraestructura para adecuarse al nuevo régimen.
Capacitación para operadores judiciales y escuelas
Desde la sanción de la nueva normativa, en marzo, se llevaron adelante distintas capacitaciones y jornadas destinadas a operadores judiciales y funcionarios para explicar los alcances del nuevo régimen.
Pero el trabajo de difusión también llegó a las escuelas.
Desde el ámbito de la Fiscalía se realizaron encuentros en establecimientos educativos para explicar a los adolescentes cuáles son las principales características de la nueva legislación y cuáles son las consecuencias que pueden tener determinadas conductas.
El objetivo es que los propios jóvenes conozcan sus derechos, pero también las responsabilidades que implica la comisión de un delito.
Las redes sociales, uno de los principales temas de consulta
Durante las charlas en las escuelas, uno de los temas que genera mayor interés está relacionado con el uso de las redes sociales y los teléfonos celulares.
Según explicaron desde la Fiscalía, los adolescentes realizan numerosas consultas vinculadas con situaciones que se producen en las redes, lo que genera un intercambio entre los funcionarios y los estudiantes.
Las jornadas permiten abordar no solamente el contenido del nuevo Régimen Penal Juvenil, sino también distintos delitos y situaciones que pueden atravesar los jóvenes en su vida cotidiana.
Desde la Fiscalía señalaron que la respuesta de los estudiantes fue positiva y que las charlas tuvieron una recepción favorable, con numerosas preguntas y participación por parte de los adolescentes.
Los antecedentes cometidos durante la minoría de edad
Otro de los aspectos contemplados por la normativa está relacionado con los antecedentes penales.
Los antecedentes correspondientes a hechos cometidos durante la minoría de edad no pueden ser utilizados posteriormente como antecedentes penales cuando la persona alcanza la adultez.
Sin embargo, existe una situación particular dentro del propio proceso juvenil: al momento de realizar una eventual graduación de la pena —la denominada cesura—, sí puede considerarse si el adolescente ya tuvo previamente algún conflicto con la ley penal.
La prohibición apunta, fundamentalmente, a impedir que los antecedentes de hechos cometidos siendo menor de edad sean utilizados posteriormente en su contra una vez que la persona es adulta.
Un nuevo esquema para determinar la responsabilidad y la pena
Uno de los cambios que introduce el nuevo régimen está relacionado con el proceso posterior a la declaración de responsabilidad.
Hasta ahora, en determinados casos se contemplaba un período de tratamiento del adolescente durante un año antes de determinar si correspondía aplicar una pena y, eventualmente, cuál debía ser su monto.
Con el nuevo sistema, el procedimiento será diferente. Una vez establecida la responsabilidad por el hecho, se determinará la pena que corresponda de acuerdo con el caso concreto y con las previsiones del Código Penal.
Las penas previstas para los delitos continúan siendo las establecidas por el Código Penal; lo que cambia es el régimen específico mediante el cual se determina la responsabilidad y la respuesta que corresponde frente a un adolescente que comete un delito.
La nueva normativa comenzará a regir el 5 de septiembre
La ley fue sancionada en marzo, pero su entrada en vigencia se produjo varios meses después para permitir que las distintas provincias pudieran adecuar sus legislaciones, organismos e infraestructura.
En el caso de Chubut, desde el ámbito judicial destacaron que la provincia ya contaba con centros especializados y personal capacitado para trabajar con adolescentes en conflicto con la ley penal.
A partir del 5 de septiembre, el nuevo Régimen Penal Juvenil comenzará a aplicarse y permitirá que los adolescentes desde los 14 años puedan ser sometidos a procesos penales, bajo un sistema que establece una respuesta diferenciada respecto de la Justicia de adultos y prioriza, según el caso, medidas socioeducativas y alternativas a la privación de la libertad.