MADRYN REGULARIZA Y PONE EN VALOR A LAS AGENCIAS DE VIAJES



Suma a la Ordenanza General de Servicios Turísticos de la ciudad esta categoría. Ahora deberán registrarse en el ámbito municipal para el desarrollo de su actividad comercial

A partir del trabajo encabezado por la Secretaría de Turismo de la Municipalidad de Puerto Madryn, y con aportes de distintas instituciones y organismos como la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (Faevyt) y la Asociación de Agencias de Viajes y Turismo Península Valdés (Aavytpv),  se confeccionó la Resolución N° 1.101/24  que incorpora la categoría “Agencias de Viaje” al Registro de Prestadores de Servicios Públicos de Puerto Madryn.

Se trata de un punto fundamental que Se incluyó en la Ordenanza N° 12.817 (T.O 13.569) a partir de la derogación de la Ley N° 18.829 de Agentes de Viajes,  que determinaba un marco regulatorio en cuanto a clasificación, seguridad y calidad de servicio, entre otros aspectos. Esto dejó a las autoridades regionales y locales sin una normativa apropiada para asegurar un buen servicio y un destino seguro para los visitantes.

De este modo,  las agencias de viajes radicadas en la ciudad deberán completar –con el acompañamiento de la Dirección de Planificación y Desarrollo de la Oferta de la SecTur- su incorporación a este registro para su normal desarrollo de la actividad económica.

Con el objetivo de continuar con políticas públicas para fortalecer el destino, ordenar, acompañar y valorizar el profesionalismo de las agencias de viaje de la ciudad, se avanzó en esta nueva resolución que tiene varias exigencias importantes que ponen en valor la actividad.

Requisitos

Dentro de los requisitos que deben cumplimentar las agencias de viajes de la ciudad a partir de la incorporación a este registro es que deberán contar con un profesional en turismo para desarrollar sus actividades.

Entiéndase como «Profesional en Turismo» a toda persona que cuente con título habilitante como Licenciado o Técnico en Turismo, expedido por una institución educativa avalada por los organismos nacionales competentes. Dicho profesional contribuirá al desarrollo de la actividad turística de forma segura y con calidad. Además, deberán contar con un espacio físico destinado a la comercialización de los servicios.

Es importante destacar que para este registro, se entenderá como «Agencias de Viajes» a todas las personas humanas o jurídicas que desarrollen, con o sin fines de lucro, en forma permanente, transitoria o accidental,  algunas de las siguientes actividades: la intermediación en la reserva o locación de servicios en cualquier medio de transporte en la ciudad; la intermediación en la contratación de servicios hoteleros en la ciudad; la organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros o similares, con o sin inclusión de todos los servicios propios de los denominados viajes «a farfait», en la ciudad; la recepción o asistencia de turistas durante sus viajes y su permanencia en la ciudad, la prestación a los mismos de los servicios de guías turísticos y el despacho de sus equipajes; la representación de otras agencias, tanto nacionales como extranjeras, a fin de prestar en su nombre cualquiera de estos servicios; la realización de actividades similares o conexas a las mencionadas con anterioridad en beneficio del turismo, las cuales se expresarán específicamente en la habilitación municipal respectiva.

Las Agencias de Viajes podrán realizar la actividad en todo el ejido municipal y, en los casos de acceso a las Áreas Naturales Protegidas que se encuentran dentro de este, deberán regirse por la normativa provincial