EL MUNICIPIO AVANZA EN EL ORDENAMIENTO DE PLAYA PARANÁ

Funcionarios junto a rodanteros visitaron ese sector con el objetivo de definir la nivelación del terreno para un mejor uso del espacio, la implementación del estacionamiento y la colocación de cartelería informativa


Integrantes de distintas áreas de la Municipalidad de Puerto Madryn llevaron a cabo una visita a Playa Paraná junto a referentes de rodanteros con el objetivo de avanzar en el ordenamiento de ese sector de la costa conforme a la Ordenanza recientemente aprobada.

Durante la recorrida, encabezada por el viceintendente Martín Ebene y la secretaria de Gobierno Leila Zanette, se observó cómo realizar movimientos de suelo para nivelar el terreno y hacer un mejor uso del espacio. En tal sentido, se harán estudios de impacto ambiental a los fines de trabajar sobre áreas ya impactadas al tiempo que preservar la vegetación autóctona. Vale mencionar la presencia de Facundo Ursino, secretario de Ecología y Protección Ambiental.

En consonancia con esta tarea, se analizó el modo en el que se implementará el estacionamiento de los vehículos – casas itinerantes de acuerdo a las reglamentaciones vigentes. Para ello, se tendrá en cuenta la temporada de mayor afluencia, la distancia correspondiente a la línea de marea y los accesos de servicios de emergencia como Policía, Bomberos y ambulancias.

Otro aspecto a resaltar es la planificación del mantenimiento de caminos internos de Playa Paraná y la definición de lugares en los cuales se colocará cartelería informativa.

Este marco regulatorio tiene como objetivo ordenar los lugares permitidos para permanecer y pernoctar por parte de turistas garantizando una sana convivencia.

De acuerdo a la norma, cabe destacar que está prohibida la eliminación de excretas, aguas grises y negras provenientes de las instalaciones sanitarias de los vehículos – casas itinerantes en zona de playa o en cualquier espacio público. En relación con esto, se establece que la descarga deberá efectuarse a través de empresas y/o personal habilitado para tal fin. 



Asimismo, según la Ordenanza N° 13.220, se recuerda que el uso del fuego con fines recreativos solo está permitido si se cuenta con elementos de seguridad para extinguir un principio de incendio. Además, debe realizarse en parrillas cerradas fijas y/o móviles, con una distancia no menor a 15 metros de la vegetación existente.