Se promulgó la ordenanza que admite en Rawson el uso del carnet de conducir y la póliza de seguro digital

Con fecha 12 de abril y bajo el número Nº 8900/24 el Ejecutivo Municipal de Rawson promulgo la ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante por la cual se aprueba el uso del carnet de conducir digital como asimismo la exhibición digital de la póliza de seguro en lugar de la física de papel, pudiendo ser de uso indistinto ante la requisitoria que se le realice.

La iniciativa en tal sentido la motorizó el presidente del Concejo Deliberante, Dulio Monti y en la línea argumental señala la necesidad de adherir a la Disposición Nº 039/19 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y a la Ley Nacional N° 27.510 modificatoria de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, por cuanto a través de tales normas se implementó la creación de la Licencia Nacional de Conducir digital, cuyo acceso se encuentra en la aplicación “Mi Argentina”.

Explica en la elevación de la ordenanza que “producto del avance tecnológico como medio de modernización del Estado, facilidad de acceso para todos los ciudadanos es que resulta necesario en el ejido de la Ciudad de Rawson implementar lo reglamentado por la Disposición de la ANSV”.

SALVO ALCOHOLEMIAS

Advierte sin embargo que; habrá una excepción a esta posibilidad que es cuando el control de seguridad vial sea producto de una alcoholemia, en cuyo caso solo se podrá utilizar el carnet en modo físico.

Efectivamente, el último párrafo del artículo 3° define que,

“en los casos que exista control de alcoholemia o narcolemia, específicamente, no podrá utilizarse el carnet digital”

VENTAJAS

El carnet digital ayuda a la simplificación de los controles de rutina vehiculares de la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV)

dinamizando así el procedimiento con mayor celeridad y generando así mayor cantidad de vehículos controlados, se señala.

Como contraparte el autor de la propuesta señala en torno a mejorar la prevención y seguridad vial, que también “resulta necesario que se disponga en el Sistema Digital las personas que posean penas e infracciones viales”.

Por esta razón el artículo 4° de la ordenanza señalada establece la creación de “un Registro en el sistema digital en el cual se identifique a las personas con penas e infracciones viales”.

POLIZA DIGITAL

En torno a la exhibición de la póliza de seguro la ordenanza sostiene que resulta necesario implementar a través de la presente lo estipulado en la Ley Nacional N° 27.510, modificatoria de la Ley Nacional de Transito N° 24.449 en su artículo 40°, inc. c., la cual establece el uso de la póliza de seguros en formato digital, obligatoria per se para transitar con vehículos a lo largo y ancho del país”.

El artículo 5° aprueba, “el uso de la póliza de seguro vehicular obligatorio según la legislación mencionada en el Artículo 2° de la presente en todo el ejido de la Municipalidad de Rawson, la cual será supletoria de la póliza física pudiendo exhibirse cualquiera de las dos versiones indistintamente”, define.

En los artículos 6° y 7° de la ordenanza promulgada se remite copia de la misma a la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) y a la Agencia Provincial de Seguridad Vial, a la Dirección General de Tránsito de la Municipalidad de Rawson, a la Policía de la Provincia de Chubut, a la Gendarmería Nacional, a la Prefectura Naval Argentina y toda otra fuerza Provincial, Nacional o Municipal que requiera o exija control de documentación vehicular en el ejido de la Municipalidad de Rawson para el cumplimiento de la norma, de manera tal que se reglamente y cumplimente en todo el ejido de la Municipalidad de Rawson.-

ANTECEDENTES

La ordenanza promulgada señala la existencia de antecedentes similares en otras jurisdicciones.

“A lo largo y ancho del país en distintas provincias y ciudades, se han adherido a la presente disposición y ley nacional. El caso más emblemático se da en la Provincia de Entre Ríos, que fue sancionado a través de Ley Provincial la utilización y el uso de la documentación en formato digital de la póliza de seguro vehicular. Por su parte, también, en la Ciudad de Comodoro Rivadavia en nuestra Provincia se sancionó la Ordenanza N° 15.274/20 adhiriendo a lo dispuesto en la resolución 039/19 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). Asimismo, en la Provincia de Tierra del Fuego, en el ámbito de la Municipalidad de Río Grande, en la misma línea de lo mencionado ut supra, legisló lo que se pretende aplicar en el ejido de la Ciudad Capital del Chubut”, concluye.